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26/06/2026
15/06/2026

❌ FIN DE LAS RAZONES HUMANITARIAS PARA PERSONAS VENEZOLANAS 🇻🇪EN ESPAÑA ¿QUE CAMBIA? ¿QUE HACER AHORA?

España cambia una de las vías más utilizadas por las personas venezolanas en los últimos años.
🌐🇪🇸 Hasta ahora pedían protección internacional en España. Si el asilo era denegado, recibían una residencia por razones humanitarias. Esa tarjeta permitía vivir y trabajar legalmente en España.
🏛️ El Ministerio del Interior marca dos fechas clave.
🗓️16 de abril de 2026, quien ya tiene una residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional, anual, puede pedir la modificación hacia otras autorizaciones de residencia y trabajo.
🗓️12 de junio de 2026, no se podrán conceder ni renovar autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional.

➡️ Dicho de forma fácil:

1️⃣Si tienes el asilo en trámite y te lo deniegan NO te darán una tarjeta humanitaria.
2️⃣Si llegaste antes del 1 de enero de 2026, la recomendación es que utilices la vía por regularización extraordinaria vigente hasta el 30/06/2026.
3️⃣Si llegaste después del 1 de enero de 2026, no entras en esa regularización extraordinaria.
4️⃣Si eres titular de una autorización de residencia por razones humanitarias. Debes estudiar una modificación por 4 años de duración.
5️⃣Si eres titular de esta autorización desde hace más de un año, puedes realizar el trámite en cualquier momento, es decir, que no tienes que esperar a que te caduque.
6️⃣Si llevas menos de 1 año, la recomendación es que esperes a la ventana de renovación (2 meses antes).
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27/05/2026

👨‍⚖El Tribunal Supremo ha rechazado suspender de forma cautelar la regularización extraordinaria de migrantes, aprobada por el Ejecutivo el 14 de abril, tras escuchar el viernes pasado varias peticiones de paralizar de forma cautelar el real decreto. En concreto, Hazte Oír, Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, Libertad y Justicia, Vox y la Comunidad de Madrid han reclamado la suspensión cautelar de la medida.
🏦El Ministerio de Migraciones a través de la Ministra de Inclusión Elma Saiz valoró positivamente “el haber desestimado las medidas cautelares despeja el presente y futuro de decenas de miles de personas que ya han recibido la autorización inicial y, por tanto, pueden residir y trabajar en nuestro país". La decisión del Tribunal supremo "mantiene la esperanza de otras decenas de miles de personas que esperan resolución o presentarán su documentación en los próximos días".
La Abogacía del Estado cuenta con el apoyo del Defensor del Pueblo y el Conejo Económico y Social. Organismos que han recalcado que, con el proceso de regularización, no se ha producido ningún tipo de vulneración sobre la directiva europea y ha agregado que tiene carácter nacional y que sólo habilita para residir y trabajar en España.🇪🇸

24/04/2026

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

El solicitante necesita aportar el 📋 certificado de antecedentes penales del país de origen, o de los países donde haya residido los 5 años anteriores a su llegada a España.

❗️Con carácter excepcional, si no ha podido obtener el certificado en el plazo de un mes, la persona puede solicitar que se solicite por la vía diplomática aportando:

a) 📄Justificante de la solicitud del certificado.
b) 📝Declaración responsable.
c) 🔐Autorización especifica.

🔎Las opciones anteriores en ningún caso actuarán como equivalente al certificado de penales, es decir, que la resolución y concesión de la autorización estará condicionada a la recepción del citado documento.
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22/04/2026

CERTIFICADO DE VULNERABILIDAD
🚫NO deberás presentar certificado de vulnerabilidad si eres o has sido solicitante de Protección Internacional.
Si no es tu caso, además de cumplir los requisitos básicos, deberás aportar documentación que demuestre que te encuentras en alguna de estas circunstancias:
a) Haber trabajado con contrato 📋por cuenta ajena o propia en España 🇪🇸, o acreditar la intención de trabajar por cuenta ajena mediante oferta de trabajo, o propia mediante declaración responsable.
b) 👨‍👩‍👧‍👦Contar con una unidad familiar compuesta con hijos menores de edad o mayores con discapacidad y los ascendientes de primer grado.
c) 💔O encontrarte en situación de vulnerabilidad. Es solo bajo esta circunstancia, y cuando no puedas acreditar las anteriores cuando necesitarás solicitar el certificado de vulnerabilidad ante los Servicios Sociales del Ayuntamiento 🏦 o ante sindicatos o entidades del Tercer Sector inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.
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17/04/2026

Buenos dias y atentos al cambio de horario!!
De LUNES a JUEVES atendemos de 10 a 14 y de 16.30 a 19 horas.
Los VIERNES solo por la mañana de 10 a 14 horas

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