Contafisma
SERVICIOS DE CONTABILIDAD Y ASESORÍA FISCAL.
07/09/2026
Por fin soy un desconocido para el SAT. 🥹✨
¿Será que por fin dejará de molestarme?
El SAT: “Claro que sí… solamente dame unos días para descubrir algo nuevo.” 😂💀
24/08/2026
😆
🤭
15/05/2026
💰 ¿Tu devolución automática de ISR fue rechazada?
No dejes que tú saldo a favor de que se quede detenido ante el SAT o pierdas la oportunidad de recuperarlo.
Te ayudo a revisar y corregir las inconsistencias que provocaron el rechazo de tu devolución automática para que puedas recuperar tu dinero de manera correcta y segura. ✅
🔎 Revisión de: ✔️ Retenciones de ISR
✔️ CFDI y facturación
✔️ Declaración anual
✔️ Inconsistencias fiscales
✔️ Reingreso de solicitud manual ante SAT
Servicio para: 👤 Personas físicas
🏠 Arrendamiento
💼 Actividad empresarial
💳 Sueldos y salarios
📌 Atención personalizada y asesoría profesional.
📲 Agenda tu revisión hoy mismo.
📞 753 164 4056
📧 [email protected]
Tu tranquilidad fiscal empieza con una buena asesoría
Ofrecemos servicios contables y fiscales diseñados para emprendedores, profesionistas, arrendadores y empresas.
🔹 Contabilidad integral
🔹 Cumplimiento fiscal
🔹 Declaraciones mensuales y anuales
🔹 Devoluciones y saldos a favor
🔹 Facturación electrónica
🔹 Atención personalizada
🔹 Estrategias fiscales eficientes
💼 Soluciones confiables para personas físicas y morales.
📲Agenda tu asesoría y mantén tus obligaciones fiscales en orden con respaldo profesional.
,📲7531644056.
13/05/2026
👁️📲7531644056
¿Quiénes deben presentar la declaración anual personas físicas?
Las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
✔Sueldos y salarios:
A. De un solo empleador y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
B. Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
C. Si trabajaron para dos o más empleadores al mismo tiempo.
D. Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
E. Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
F. Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.
✔Servicios profesionales: son aquellos que se obtienen por cuenta propia y generan comprobantes de honorarios.
✔Actividades empresariales, incluyen:
A. Plataformas tecnológicas.
B. Región fronteriza.
C. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
✔Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
✔Intereses o dividendos.
✔Enajenaron bienes, es decir, si vendieron algún bien.
✔Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza pueden quedar relevadas de presentar la declaración anual de conformidad con la regla 3.13.7. de la RMF, quienes apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21. podrán optar por presentarla.
¿Quiénes deben presentar la declaración anual personas físicas?
Las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
✔Sueldos y salarios:
A. De un solo empleador y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
B. Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
C. Si trabajaron para dos o más empleadores al mismo tiempo.
D. Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
E. Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
F. Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.
✔Servicios profesionales: son aquellos que se obtienen por cuenta propia y generan comprobantes de honorarios.
✔Actividades empresariales, incluyen:
A. Plataformas tecnológicas.
B. Región fronteriza.
C. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
✔Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
✔Intereses o dividendos.
✔Enajenaron bienes, es decir, si vendieron algún bien.
✔Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza pueden quedar relevadas de presentar la declaración anual de conformidad con la regla 3.13.7. de la RMF, quienes apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21. podrán optar por presentarla.
21/01/2026
😅
06/01/2026
📌⚠️ La cancelación de un CFDI tiene fecha límite — no es indefinida
El plazo máximo para cancelar un comprobante está vinculado al mes en que se presenta la Declaración Anual del ISR:
✔ Personas Morales → hasta marzo del año siguiente
✔ Personas Físicas → hasta abril del año siguiente
Cancelar fuera de plazo puede generar infracción, aun cuando el sistema permita la cancelación técnica.
Además, en todos los casos es indispensable contar con la aceptación del receptor del CFDI.
Planifica, revisa tu información y evita sanciones por cancelaciones extemporáneas.
Síguenos en IG: www.instagram.com/contadoresdigitalesmx
11/11/2025
El SAT recuerda que, en cada ejercicio fiscal, las y los contribuyentes tienen la posibilidad de realizar deducciones personales en su declaración anual, siempre que los comprobantes fiscales cumplan con los requisitos establecidos.
Es importante verificar que las facturas correspondan a los servicios adquiridos, contengan el RFC correcto y que los pagos se realicen mediante transferencia electrónica, tarjeta o cheque nominativo.
Se recomienda solicitar las facturas de manera mensual y mantener las deducciones organizadas durante todo el año. Para mayor información se puede consultar el Portal del SAT: sat.gob.mx
Categoría
Contacto la empresa
Página web
Dirección
Morelia
58337
Horario de Apertura
| Lunes | 9am - 5pm |
| Martes | 9am - 5pm |
| Miércoles | 9am - 5pm |
| Jueves | 9am - 5pm |
| Viernes | 9am - 5pm |
| Sábado | 9am - 2am |